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sábado, 19 de diciembre de 2015

La participación en los centros educativos. Tema 9

TEMA  9


TEORÍA 

En este tema hemos estudiado los objetivos, la normativa de referencia, ámbitos de participación, dificultades y medidas para fomentar la participación en los centros educativos y la problemática actual y factores condicionantes.


OBJETIVOS

Para la implicación en el centro es necesario adquirir estrategias:
-comunicarse con las familias
-establecer criterios coherentes
implicación en la dinámica del centro

En el  centro educativo se aprenden muchas cosas, la escuela se tiene que organizar como una institución donde estudiantes, profesores y familias tengan espacios de libre expresión. 

La participación en la gestión educativa significa: tomar parte activa en la elaboración, desarrollo y conducción del proceso educativo.

En cuanto a los órganos de participación en los centros:






NORMATIVA DE REFERENCIA 

En cuanto a la normativa de referencia nos encontramos con:

-La constitución española con el articulo 27, puntos 5 y 7

-LODE 1985 con el articulo 5 y 19

-Título II. LOE con el articulo 27, puntos 1,2,3

-LOMCE.LOE  en el articulo 1 y articulo 2, con una serie de cambios de la LOMCE respecto a la LOE.

-LOE.TÍTULO V con el capitulo 1. Articulo 118 que esta no la modifica la LOMCE. Encontramos la ley Orgánica 8/1985 3 julio: reguladora del derecho a la educación.

El articulo 119 está corregido por la LOMCE. Las administraciones educativas garantizarán el control y gestión de los centros públicos a través del consejo escolar. Las administraciones educativas tienen que favorecer la participación del alumnado en el funcionamiento del centro.

-Capítulo III. Articulo 126 la LOMCE modifica que en el consejo escolar en que no puede haber menos de un tercio del total de componentes del consejo ni de profesores ni de padres. En el articulo 127 la LOMCE modifica que el consejo escolar debe participar en la selección del director del centro.

-Artículo 4. LODE en los deberes y derechos de las familias, la LOMCE modifica que los padres deben participar en el proceso enseñanza-aprendizaje de sus hijos, participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro.

-ROF decreto 233/1997 2 septiembre. Título III en el articulo 721, en el CEIP podrán haber asociaciones de padres reguladas en el decreto 126/86 20 octubre.







ÁMBITOS DE PARTICIPACIÓN 

-Mejora del rendimiento académico

-Mejora de la convivencia

-Colaboración en la organización del aula, ciclo y centro


Este vídeo explica de una manera sencilla y fácil los tipos de participación de los padres en la escuela. Se encuentran 4 tipos diferentes: están los padres como responsables de crianzas, padres como maestros, padres como agentes de apoyo en la escuela y por último padres como agentes con poder de decisión. Esta última es la más importante en cuanto al centro.


DIFICULTADES 

En cuanto a las dificultades, todo debe pasar por el claustro, hay una falta de preparación de los directores y falta de tiempo, información entre otros.


MEDIDAS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN 

-Fomentar la formación para la participación 

-Mayor autonomía en los centros

-Fomentar el asociacionismo entre las familias(escuelas de padres)

Práctica tema 8


PRÁCTICA

Esta práctica consta de dos partes. La primera parte fueron una serie de preguntas que respondimos de forma individual:

1.  ¿A quién o quienes corresponde promocionar la convivencia y un buen clima escolar?

Todos los miembros de la Comunidad Educativa.

2.  ¿Tenemos alguna normativa que regule la convivencia en los centros?

Sí, el decreto 233/2004

3.  ¿A quién o quienes le corresponde garantizar la aplicación del plan de convivencia, así 
como la mediación en la resolución de los conflictos?

Al director.  (Mi grupo y yo pusimos por error al profesorado)

4.  ¿A quién o quienes les corresponde evaluar los resultados de la aplicación de las 
normas de convivencia del centro, analizarán los problemas detectados en su 
aplicación y proponer en su caso, medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia 
en el centro?

Consejo Escolar y Claustro de profesores. (Mi grupo y yo sólo pusimos claustro de profesores.)

5.  ¿En qué documento institucional o documentos estarán integradas las medidas que 
se adopten sobre convivencia en los centros?

En el PEC y el RRI.

6.  Las normas de convivencia incluidas en el proyecto educativo y RRI, ¿se aplicarán a  través de qué actuación?

A través del Plan de Convivencia

7.  ¿Qué podrán tener los centros para atender a los problemas de convivencia en el 
mismo?

Unidades específicas y aulas de Convivencia.( Mi grupo puso sólo aulas de convivencia)

8.  ¿Qué otras medidas se podrán plantear en los centros para los problemas de 
convivencia?

Equipos de mediación o tratamientos de conflictos. (Mi grupo no puso los tratamiento de conflicto)

9.  A través de qué podemos trabajar prevención y mediación para la resolución pacífica 
de los conflictos en la mejora de la convivencia escolar.

A través de la Acción Tutorial.

10.  ¿Quiénes formarán parte de los equipos de mediación o conflictos?


Los docentes del propio centro y recibirán la información necesaria para realizar este tema por parte de la administración educativa.



La segunda parte constaba de resolver malos comportamientos con lo aprendido en el tema del Plan de Convivencia del centro educativo. Esta segunda parte la realizamos en grupo, y la hemos realizado por medio de una tabla:

FUENTE CONSULTADA
CASO1: ANA
CASO 2: LUÍS
CASO 3: JUAN VICENTE
Falta cometida
Decreto 39/2008 de 4 de Abril .
Título III. Capítulo I. Art 30.
 Gradación de las medidas educativas correctoras y de las medidas educativas disciplinarias.
3b. La reiteración
3d. Cuando la sustracción, agresión, injuria u ofensa se realice contra alguien que se halle en  situación de inferior edad, minusvalía, reciente incorporación al cetro o situación de indefensión
3f. La publicidad, incluyendo la realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación.
Decreto 39/2008 de 4 de Abril .
Título III. Capítulo II. Art 35. Tipificación

d. Actos de indisciplina
En caso de repetición:
c. Los actos que alteren el normal desarrollo de las actividades del centro educativo, especialmente los que  alteren el normal desarrollo de las clases.

e. Los actos de incorrección o desconsideración, las injurias y ofensas contra los miembros de la comunidad educativa.
En caso de repetición:
c. Los actos que alteren el normal desarrollo de las actividades del centro educativo, especialmente los que  alteren el normal desarrollo de las clases.
a. Faltas de puntualidad injustificadas.
d. Los actos de indisciplina
f. El hurto o deterioro intencionado de inmuebles, materiales, documentación o recursos del centro.
Penalización. Medidas educatias correctivas
Decreto 39/2008 de 4 de Abril .
Título III. Capítulo II. Art 36. Medidas educativas correctoras


a. Amonestación verbal

a. Amonestación verbal

b. Comparecencia inmediata ante el jefe de estudios o el director.
c. Amonestación por escrito.
d. Retirada de teléfonos móviles (...) utilizados de forma reiterada durante las actividades que se realizan en el centro educativo. (...)
f. Incorporación al aula de convivencia
h. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias (...)
Grave, leve y por qué
Decreto 39/2008 de 4 de Abril .
Título III. Capítulo II. Art 36. Medidas educativas correctoras

LEVE
En el caso de que no se repitan continuamente.
De repetirse, se adoptarán medidas disciplinarias diferentes. En el caso de hablar o insultar sería recomendable dejarle sin recreo para que recapacite y reflexione de sus actos (e. Privación de tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días lectivos)

GRAVE
Consideramos que es grave porque llega repetidamente tarde a clase, deteriora el material del aula, utiliza el teléfono móvil y su conducta está haciendo que otros compañeros le sigan o imiten su comportamiento, lo cual, impide el normal desarrollo de las clases.
De acuerdo o desacuerdo
Decreto 39/2008 de 4 de Abril .
Título III. Capítulo II. Art 36. Medidas educativas correctoras

En este caso estamos de acuerdo con lo establecido en la norma (a, e). Si estas acciones se repitieran, otras medidas disciplinarias que podríamos aplicar son:
c. Amonestación por escrito (para conocimiento de los padres)
Si también en otras clases continua molestando y no corrige su actitud, con lo cual dificulta el desarrollo normal de las clases;
f. Incorporación al aula de convivencia
h. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias (...)
Estamos de acuerdo con las normas establecidas y pensamos que es un caso parecido al de Ana, siempre y cuando no se repita, por ello optamos por seguir las mismas  pautas en caso de que el alumno sea reincidente:
c. Amonestación por escrito (para conocimiento de los padres)
Si también en otras clases continua molestando y no corrige su actitud, con lo cual dificulta el desarrollo normal de las clases;
f. Incorporación al aula de convivencia
h. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias (...)
Estamos de acuerdo. Si no cambia de actitud, optaríamos por:
i. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un periodo no superior a cinco días lectivos (...)


Plan de convivencia del centro educativo. Tema 8

TEMA 8


TEORÍA 


En esta unidad hemos aprendido cómo se llevan a cabo los planes de convivencia en un centro educativo, comenzando por los objetivos, normativa de referencia, plan de convivencia en el proyecto educativo, plan de intervención en el plan de convivencia , estrategias de intervención en un plan de convivencia, medidas de intervención en situaciones de conflicto, planes de actuación desde las administraciones y qué plante la LOMCE.



OBJETIVOS 

Los objetivos que tiene el plan de convivencia son: conocer y asumir los derechos y deberes del profesorado para potenciar una actitud ciudadana y responsable; resolver problemas de convivencia y que haya buen clima y comunicación en el centro. 

El objetivo del plan de convivencia es la participación de la mayor parte de la Comunidad Educativa, sobre todo del claustro.


NORMATIVA DE REFERENCIA 

En cuanto a la normativa de referencia, nos encontramos con:

-Decreto 233/2004: Creación del observatorio para la convivencia escolar en los centros de la C.V.

-Orden 31 marzo 2006: Se regula el Plan de Convivencia en los centros escolares.

-Orden 12 septiembre 2007: Se regula la notificación de incidencias que alteran la convivencia escolar.



PLAN DE CONVIVENCIA EN EL PROYECTO EDUCATIVO

-Conseguir que no haya tantos problemas entre el alumnado y encontrar medidas de intervención o prevención.

-Para conseguir buenos resultados, el proceso enseñanza-aprendizaje es fundamental que la convivencia funcione.


PLAN DE INTERVENCIÓN







Es fundamental que las normas de convivencia sean respetadas y conocidas por todos los miembros de la comunidad educativa y de obligado cumplimiento.












ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN

En lo referente a las estrategias de intervención, encontramos en el centro, debe revisar el proyecto educativo, RRI, plan de convivencia; rentabilizar los recursos humanos del centro, proponer medidas ante conductas inadecuadas.

Respecto al docente, debe conocer las situaciones de conflictividad y proponer medidas de actuación; programar y llevar a cabo el PAT y apoyar a otros profesionales en las funciones que le otorguen.

El alumnado fomentará el aprendizaje colaborativo, su autoestima, la participación e igualdad de trato, así como crear un clima de confianza y rechazar la discriminación.

Por último, las familias proporcionarán información mutua y cooperarán con el centro.


MEDIDAS DE MEJORA

A nivel de organización y funcionamiento del centro con el uso de los documentos del Plan de Convivencia y el RRI. A nivel de trabajo del profesor para la gestión del aula y grupo clase observando conductas inadecuadas para su intervención, estableciendo canales de comunicación con las familias o organizando el reparto de responsabilidad y tareas entre otros.Al nivel del alumnado, por medido de la tutorización y la asunción de responsabilidades.


PLAN DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO


El Plan de Convivencia en el centro desarrolla cómo debe ofrecer respuesta tanto la prevención como la resolución de conflictos. Hay que evaluar previamente los conflictos existentes percibidos  desde los diferentes miembros de la comunidad educativa: profesores, alumnos y familias.

El Plan de Convivencia debe proponer diferentes líneas de acción, para ello es necesario la observación, registro, análisis y evaluación de los problemas.

MEDIDAS DE INTERVENCIÓN EN SITUACIONES DE CONFLICTO

Nos encontramos con la mediación, que posibilita una solución del conflicto. 

En segundo lugar nos encontramos con el PAT, el cual potenciará el papel de la tutoría en la prevención y mediación para la resolución pacífica de los conflictos.

Por último, los centros podrán crear aulas de convivencia para el tratamiento puntual e individualizado del alumno. En el aula de convivencia se favorecerá un proceso de reflexión del alumno.

Este vídeo sobre un aula de convivencia está ayudando a reconducir las emociones de alumnos con problemas de conducta. El aula de convivencia en este centro, los alumnos se reúnen 3 horas al día de lunes a viernes. EL objetivo del aula de convivencia, tal como se muestra en el vídeo es reducir el número de partes de expulsión del centro y bajar el nivel de conflictividad en el aula para mejorar  la convivencia escolar.


¿QUÉ PLANTEA LA LOMCE?

La LOMCE plantea la creación de una Comisión de Convivencia que asuma los problemas relacionados con la convivencia del centro, con un carácter dinamizador y de índole preventivo.

También se podrán crear comisiones mediadoras que resuelvan de forma rápida y efectiva decisiones de conflictos de índole de poca gravedad pero que requieran una solución inmediata.

jueves, 17 de diciembre de 2015

Práctica tema 7


PRÁCTICA

Esta práctica se deben completar las siguientes propuestas de actividades:

1.Ayudar al alumnado a organizarse el trabajo y el estudio.

1. Realizaremos juegos de trivial al terminar el tema.

2. Una vez a la semana, se preguntará a los alumnos la lección dada en clase.Aquellos que no la sepan deberán volver a repasarla y realizar un breve resumen de la misma al día siguiente. Si el día siguiente continúan si tener aprendida la lección tendrán un punto negativo en esa asignatura. Cuantos más puntos positivos obtengan tendrán mejor calificación  y podrán optar otro día a elegir actividades extras a realizar. De este modo aquel que no estudie y tenga propuestas para realizar se motivará más.

3. La entrega de trabajos deberá entregarse en el plazo correcto. 

4. Aplicar protocolo para que se adapten en cada curso (apartado 4 del temario)

5. Ayudar al alumnado a realizar resúmenes, esquemas, sacar preguntas de un tema, construcción de textos de diferentes tipos, técnicas de memorización, etc.. (apartado 4 del temario)



2.  Programación de  las  sesiones tutoriales y de  los contenidos  que consideremos 

básicos a desarrollar en el PAT.


1. El maestro deberá establecer unas horas a la semana para fortalecer las dudas de los alumnos. Podría ser en horarios de recreo, o bien unos minutos antes de finalizar cada clase. Dichas tutorias podrían ser general, es decir en grupos o para toda el aula conjunta, o más bien individualizadas.

2. El maestro también debe favorecer las relaciones comunicativas y de intercambio entre el alumnado y en condiciones de respeto y tolerancia (apartado 4 del temario)

3. Desarrollar la capacidad del alumnado de ejercer la justicia y combatir la injusticia como condición indispensable para conseguir la paz social. (apartado 4 temario).




3.  Determinar un plan tutorial de actividades para la implicación de las familias

1. Hacer reuniones cada cierto tiempo, con la totalidad de las familias para informarles de todos los aspectos relacionados con sus hijos. 

2. Que se establezcan compromisos de actuación por parte de las familias sobre todo en los casos en que se requiera una fuerte implicación de las mismas en el proceso de enseñanza-aprendizaje (alumnos con altas capacidades intelectuales o rendimiento)

3. También las familias deberán de estar al día de toda información sobre el funcionamiento del centro.

4. Implicar a las familias en la organización del espacio de complementariedad actividades como fiestas de navidad, carnaval, semana cultural, trobades d´escoles.etc.. (apartado 6 temario)

miércoles, 16 de diciembre de 2015

Atención a la Diversidad. PAT. Tema 7

ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD 

TEORÍA

En este tema hemos tratado la atención a la diversidad en los centros escolares. En él se han tratado los objetivos, el PAT, ámbitos de trabajo con el alumnado, de coordinación con el profesorado, de participación, colaboración y el compromiso de las familias y por último los instrumentos.

En cuanto a los objetivos:

-Dominar habilidades para ejercer las funciones de tutoría y de orientación con los alumnos y sus familias.

-Ayudar en el ámbito académico y personal.

-Llevar a cabo actuaciones para desarrollar la igualdad de oportunidades y conseguir descompensar las desigualdades.


Ahora hablamos de qué es el PAT:

EL PAT es el conjunto de estrategias que coordinan los tutores, pero implican a todo el profesorado del centro. Es un documento que se abre anualmente para revisarlo e intentar mejorarlo, en él se establecen unos criterios generales y protocolos de actuación. Además, necesita de consenso.

En los CEIP el PAT es elaborado por la Comisión de Coordinación con la ayuda del psicopedagogo del centro. 

En este vídeo podemos ver de una manera más dinámica a qué hace referencia el PAT, así como sus objetivos, la estructura del PAT, la orientación o la acción coordinada; también define la organización de la acción tutorial y por último de los ámbitos de actuación.

En las características del PAT:

-Ayudar al alumnado para sacar su máximo aprovechamiento de su escolarización de forma directa (ámbito de atención al alumnado) o de manera indirecta ( ámbito de coordinación docente y con las familias)

Luego nos encontramos con los ámbitos de trabajo a nivel del alumnado, profesorado y de las familias. El decreto  39/2008 4 abril se establecen los derechos y deberes del alumno, medidas de convivencia que se aplicarán en el PAT o medidas educativas correctoras.

En lo referente al nivel del alumnado, se debe aplicar un protocolo de adaptación para el alumno que se incorpora en infantil, en el inicio a la primaria y a cada uno de los dos últimos ciclos de primaria; establecer la orientación escolar y académica; la cohesión grupo-clase y del grupo de ciclo. 

En los ámbitos del profesorado, deben llevar una coordinación de sesiones se evaluación del alumnado de su teoría, coordinar la elaboración de las adaptaciones curriculares que se necesiten para su alumno y participar en la planificación de las actividades complementarias que se desarrollen en el centro para todos los alumnos, etapa o ciclo. 

Por último, en el ámbito de las familias, se lleva a cabo la participación de los padres en el proceso educativo, la colaboración en la organización y gestión del centro y por último un compromiso de los padres en una escuela abierta y en proceso de modernización. 


En este vídeo podemos ver de una manera más dinámica a qué hace referencia el PAT, así como sus objetivos, la estructura del PAT, la orientación o la acción coordinada; también define la organización de la acción tutorial y por último de los ámbitos de actuación.






Por último encontramos los instrumentos, son elementos muy útiles que nos van a ayudar para llevar a cabo el PAT como el Cronograma de Acción Tutorial, el Proyecto de Atención a la Diversidad o el Reglamento de Períodos compartidos.


jueves, 10 de diciembre de 2015

Práctica tema 5


PRÁCTICA

En esta práctica hemos realizado un ejercicio en el que teníamos que estudiar dos casos, María y Rubén, de admisión para ver quién conseguiría plaza en el centro. Para ello tuvimos que calcular los puntos que cada uno conseguía en función de su expediente.







Viendo estas dos imágenes, observamos que tanto el caso de María como el de Rubén se han conseguido 27 puntos. Al tener un puntuación igual, María sería quien obtendría plaza en el centro puesto que provenía de un centro adscrito y ello le otorga mayor importancia según aparece en el artículo 9 del decreto 42/2013.

Hablando del tema sobre la admisión de alumnos, en mi caso pude obtener plaza en el centro de primaria gracias a la puntuación que conseguí por:  vivir en el área de influencia del centro, ser familia numerosa general, estar apuntada al comedor. Pero sin embargo,no recibí puntos al ser la primera hija en entrar al centro como tampoco  mis padres no estudiaron ni trabajaron el centro. 
Mis hermanos sí obtuvieron una mayor puntuación al poder contar con una hermana en el centro.



Admisión del alumno en el centro educativo. Tema 5

TEMA 5


TEORÍA 

En este tema hablaremos sobre los objetivos, la normativa de referencia, el decreto 42/2013 y la orden 14/2013 acerca de la admisión del alumnado en el centro.



El objetivo de este tema es: Conocer el proceso de admisión del alumnado en los centros educativos.

En cuanto a la normativa de referencia encontramos:
-Artículo 84
-Artículo 86
-Artículo 87
-Artículo 88


El artículo 84:
· Conseguir acceso a la igualdad y libertad de elección.
·Cunado no haya plazas suficientes, el proceso de admisión se basará en la existencia de hermanos ya matriculados en el centro; padres que trabajen en el centro; proximidad al domicilio o trabajo; rentas anuales y discapacidad del alumno.
·No discriminación por raza, sexo, religión, opinión o nacimiento.
·Prioridad de centros públicos adscritos a otros centros públicos en la admisión de alumnos.
·Centros públicos adscritos a otros centros públicos se consideran centros únicos.
·En un centro privado concertado el proceso de admisión se realiza en el momento que entra al centro.

El artículo 86:
·Si algún centro encontramos mayor oferta que demanda, se creará una Comisión de Admisión.
·Se puede presentar solicitud en el centro que queramos.

El artículo 87:
·Para garantizar el derecho del alumnado, las administraciones educativas pueden reservas una serie de plazas y se puede aumentar el ratio por aula al introducir un alumno discapacitado. 
·Las administraciones educativas deben tener en cuenta las condiciones económicas y demográficas como también el índole personal y familiar del alumno.

El artículo 88:
·Los colegios públicos o privados concertados no pueden recibir dinero de las familias 
·Las administraciones educativas deben dotar al centro docente de los recursos necesarios para que la enseñanza pueda ser gratuita.

DECRETO 42/2013


En el decreto 42/2013 encontramos una serie de artículos por el que se regula el acceso a los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de régimen general.






Artículo 9:
·Descontar plazas en la oferta de todas las plazas vacantes. Esa reserva es para alumnos que ya están en el centro, alumnos con cualquier tipo de discapacidad, alumnado que viva lejos del colegio y no tenga otro cerca utilice el servicio de transporte escolar o que use el servicio de residencia escolar o procedente de otros centros adscritos.

Artículo 15:
Trata sobre la solicitud de plaza.

Artículo 16:
Encontramos los criterios de valoración de alumnos:
·Hermanos/as en el centro
·Proximidad de domicilio, trabajo
·Padres trabajando en el centro.
·Rentas anuales.
·Discapacidad del alumno, padres o hermanos.
·Familia numerosa.
·Circunstancias especiales.
·Deportista de élite

Artículo 18:
·Recibirán para la asignación de plazas 8 puntos por el primer hermano/a en el centro y tres puntos por hermanos restantes.

Artículo 19:
·Recibirá cinco puntos por el domicilio en el área de influencia del centro.
·Recibirá dos puntos por el domicilio en áreas limítrofes del centro.
·Recibirá un punto por el domicilio en otros municipios de la provincia.

Artículo 23:
·Recibirá un punto para la asignación de plazas por antiguos alumnos del centro que hayan cursado enseñanza de 2º ciclo de educación Infantil, Primaria o Secundaria obligatoria.

Artículo 29:
·Si no se obtiene plaza en ninguno de los centros seleccionados, la comisión de escolarización ofrecerá una plaza en el centro más cercano.

Sobre el tema de la comisión, en este vídeo   la concejal de Educación, Remedios Lajara, ha contestado a los padres que se han visto afectados en las primeras listas definitivas de los colegios donde sus hijos inician el próximo curso su andadura en el 2º ciclo de Educación infantil, y que no tienen plaza en los colegios cercanos a sus domicilios. Por su parte,Lajara comenta que ni el ayuntamiento, ni la concejal ni la comisión de escolarización pueden poner en marcha un aula. Esto se debe a que la competencia es única y exclusivamente de la Consejería.




ORDEN 14/2013

En esta orden se establece que :
·No requiere proceso de admisión pasar de 1º a 2º de primaria.
·De enero a marzo(1er trimestre) se establece el calendario de admisión por las Administraciones Educativas y el calendario extraordinario.

En este vídeo se comenta la admisión de alumnos en el curso 2015/2016. Explican que tener hermanos matriculados en el centro será lo que más puntos generará, también contará la renta anual, ser familia numerosa o tener padres trabajando en el centro entre otros. Sin embargo comenta que las enfermedades crónicas dejan de puntuar. Podrán informarse sobre el proceso de escolarización en los servicios provinciales de educación, en los centros educativos o a través del portal de centros.