TEMA 9
En este tema hemos estudiado los objetivos, la normativa de referencia, ámbitos de participación, dificultades y medidas para fomentar la participación en los centros educativos y la problemática actual y factores condicionantes.
OBJETIVOS
Para la implicación en el centro es necesario adquirir estrategias:
-comunicarse con las familias
-establecer criterios coherentes
implicación en la dinámica del centro
En el centro educativo se aprenden muchas cosas, la escuela se tiene que organizar como una institución donde estudiantes, profesores y familias tengan espacios de libre expresión.
La participación en la gestión educativa significa: tomar parte activa en la elaboración, desarrollo y conducción del proceso educativo.
En cuanto a los órganos de participación en los centros:
NORMATIVA DE REFERENCIA
En cuanto a la normativa de referencia nos encontramos con:
-La constitución española con el articulo 27, puntos 5 y 7
-LODE 1985 con el articulo 5 y 19
-Título II. LOE con el articulo 27, puntos 1,2,3
-LOMCE.LOE en el articulo 1 y articulo 2, con una serie de cambios de la LOMCE respecto a la LOE.
-LOE.TÍTULO V con el capitulo 1. Articulo 118 que esta no la modifica la LOMCE. Encontramos la ley Orgánica 8/1985 3 julio: reguladora del derecho a la educación.
El articulo 119 está corregido por la LOMCE. Las administraciones educativas garantizarán el control y gestión de los centros públicos a través del consejo escolar. Las administraciones educativas tienen que favorecer la participación del alumnado en el funcionamiento del centro.
-Capítulo III. Articulo 126 la LOMCE modifica que en el consejo escolar en que no puede haber menos de un tercio del total de componentes del consejo ni de profesores ni de padres. En el articulo 127 la LOMCE modifica que el consejo escolar debe participar en la selección del director del centro.
-Artículo 4. LODE en los deberes y derechos de las familias, la LOMCE modifica que los padres deben participar en el proceso enseñanza-aprendizaje de sus hijos, participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro.
-ROF decreto 233/1997 2 septiembre. Título III en el articulo 721, en el CEIP podrán haber asociaciones de padres reguladas en el decreto 126/86 20 octubre.
ÁMBITOS DE PARTICIPACIÓN
-Mejora del rendimiento académico
-Mejora de la convivencia
-Colaboración en la organización del aula, ciclo y centro
Este vídeo explica de una manera sencilla y fácil los tipos de participación de los padres en la escuela. Se encuentran 4 tipos diferentes: están los padres como responsables de crianzas, padres como maestros, padres como agentes de apoyo en la escuela y por último padres como agentes con poder de decisión. Esta última es la más importante en cuanto al centro.
DIFICULTADES
En cuanto a las dificultades, todo debe pasar por el claustro, hay una falta de preparación de los directores y falta de tiempo, información entre otros.
MEDIDAS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN
-Fomentar la formación para la participación
-Mayor autonomía en los centros
-Fomentar el asociacionismo entre las familias(escuelas de padres)
OBJETIVOS
Para la implicación en el centro es necesario adquirir estrategias:
-comunicarse con las familias
-establecer criterios coherentes
implicación en la dinámica del centro
En el centro educativo se aprenden muchas cosas, la escuela se tiene que organizar como una institución donde estudiantes, profesores y familias tengan espacios de libre expresión.
La participación en la gestión educativa significa: tomar parte activa en la elaboración, desarrollo y conducción del proceso educativo.
En cuanto a los órganos de participación en los centros:
NORMATIVA DE REFERENCIA
En cuanto a la normativa de referencia nos encontramos con:
-La constitución española con el articulo 27, puntos 5 y 7
-LODE 1985 con el articulo 5 y 19
-Título II. LOE con el articulo 27, puntos 1,2,3
-LOMCE.LOE en el articulo 1 y articulo 2, con una serie de cambios de la LOMCE respecto a la LOE.
-LOE.TÍTULO V con el capitulo 1. Articulo 118 que esta no la modifica la LOMCE. Encontramos la ley Orgánica 8/1985 3 julio: reguladora del derecho a la educación.
El articulo 119 está corregido por la LOMCE. Las administraciones educativas garantizarán el control y gestión de los centros públicos a través del consejo escolar. Las administraciones educativas tienen que favorecer la participación del alumnado en el funcionamiento del centro.
-Capítulo III. Articulo 126 la LOMCE modifica que en el consejo escolar en que no puede haber menos de un tercio del total de componentes del consejo ni de profesores ni de padres. En el articulo 127 la LOMCE modifica que el consejo escolar debe participar en la selección del director del centro.
-Artículo 4. LODE en los deberes y derechos de las familias, la LOMCE modifica que los padres deben participar en el proceso enseñanza-aprendizaje de sus hijos, participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro.
-ROF decreto 233/1997 2 septiembre. Título III en el articulo 721, en el CEIP podrán haber asociaciones de padres reguladas en el decreto 126/86 20 octubre.
ÁMBITOS DE PARTICIPACIÓN
-Mejora del rendimiento académico
-Mejora de la convivencia
-Colaboración en la organización del aula, ciclo y centro
Este vídeo explica de una manera sencilla y fácil los tipos de participación de los padres en la escuela. Se encuentran 4 tipos diferentes: están los padres como responsables de crianzas, padres como maestros, padres como agentes de apoyo en la escuela y por último padres como agentes con poder de decisión. Esta última es la más importante en cuanto al centro.
DIFICULTADES
En cuanto a las dificultades, todo debe pasar por el claustro, hay una falta de preparación de los directores y falta de tiempo, información entre otros.
MEDIDAS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN
-Fomentar la formación para la participación
-Mayor autonomía en los centros
-Fomentar el asociacionismo entre las familias(escuelas de padres)
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